Se declaro disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los ciudadanos: YAMILET CANDELARIA ACOSTA BRICEÑO y MOISES VARELA VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-10.819.066 y V-6.249.034, respectivamente, celebrado por ellos en fecha veinticuatro (24) de enero del año 1991, por ante El Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia La Pastora, Caracas, Distrito Capital , según se evidencia de documento certificado de acta de matrimonio Nº 15 del año 1991, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho. Se ordenó participar del presente fallo a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador, así como al Registro Principal del Distrito Capital, una vez quede definitivamente firme, a los fines indicados en los artículos 151, 152 y 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, 475 y 506 del Código Civil.