Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la cuestión previa contenida en el ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los ciudadanos JOSE LUIS HERNANDEZ Y JUAN JOSE HERNANDEZ USECHE, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.395.221 y V-18.708.787, quienes actúan en su carácter de Director Presidente y Director General, respectivamente, de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE DULCES CRIOLLOS JHJH 6295, C.A., parte demandada en la presente causa que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL sigue la ciudadana MARIA ASCENCAO DE VALENTIN, en nombre de l.....