...declara el CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 13 de Código Penal, que le fueran impuestas al ciudadano GABRIEL DEL VALLE BELLICE TORRES, quien es venezolano, portador de la cédula de identidad N° V- 8.876.741, nacido en el Estado Bolívar el 22-06-1964, de 43 años de edad, residenciado en el Barrio Jacinto Lara, carrera 2 entre calle 8 y 9, Quinta La Bendición de Dios, Nº 17, Barquisimeto, Estado Lara, Telf. 0414-269.05.24 - 0414-385.03.53, penado en la causa signada con el Nº 2E-2851/03, por el Tribunal Supremo de Justicia, por ser autor responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, condenado igualmente a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal Venezolano, faltando por cumplir la pena accesoria prevista en el ordinal 3° del artículo 13 del Código Penal, esto es, Sujeción a la Vigilancia, por el término de Dos (02) Añ.....