De una revisión de las presente actuaciones se evidencia que en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, llevado por ante este Juzgado por el ciudadano ANTONIO GIUSEPPE GREGORIO RAGUSA TAMA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.279.290, en contra de los ciudadanos MANUELA MARIA DE GOUVEIA DE PAGANO; KATERINA PAGANO DE GOUVEIA y GEFFERSON FRANCISCO PAGANO PINTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 987.803; 10.281.800 y 20.412.808, respectivamente, en fecha 05 del presente mes y año el alguacil de este Juzgado consigno oficio Nº 285, librado en fecha 18-10-2019, al Registro Subalterno del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, el cual se encuentra debidamente firmado y sellado por dicho ente, siendo el caso que no habiendo mas actuaciones que realizar en la presente causa, en consecuencia, este Juzgado ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente expediente y su remisión al Depósito de Exped.....