PRIMERO: Para legitimar la detención del ciudadano VILLALBA LOPEZ KERVIN YOXCEMI, este Tribunal DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE del ciudadano VILLALBA LOPEZ KERVIN YOXCEMI, cédula de identidad N° V. 15.267.494, Nacionalidad: Venezolana, Caracas, de estado civil soltero, de 25 años de edad, de profesión u oficio: comerciante, nombre de sus padres: YOLANDA LOPEZ (v) y HUMBERTO VILLALBA (v), residenciado en: Urbanización la Quinta, Edificio 1-B apartamento 32, Los Teques Estado Miranda teléfono: 0412 369-9154, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO previsto y sancionado en el articulo 420 del Código Penal, en relación con el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en perjuicio del ciudadano FRAN JOSE SANDOVAL GIL.
SEGUNDO: Se decreta la aplicación del procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del código orgánico procesal penal, y los 280 281,.....