acuerda es OTORGAR a los imputados: BLANCO CASTRO JEAN CARLOS, venezolano, natural de Caracas, nacido el día 16-07-79, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.015.510, de profesión u oficio maletero en el aeropuerto, hijo de Antonio Gregoria Castro (V) y Carlos Guillermo Blanco (v).Domiciliado en: Calle Tamarindo, casa s/n Capaya, de color blanca, al frente de la escuela "José Antonio Páez, Municipio Acevedo Estado Miranda. Telf. (0212) 761-08-12 y EDWAR BETULIO PEREZ SANZ, venezolano, natural de Caracas, nacido el día 25-12-81, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.911.510, de profesión u oficio albañil, hijo de Brígida Sanz (V) y Betulio Pérez (v).Domiciliado en: Carretera Nacional Caucagua, sector Aramina, La Carmelera, a dos paradas del ancianato Municipio Acevedo. Telf. (0416) 533-25-29, La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256. 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la presentac.....