DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la Carretera Nacional Guatire-Cupo, sector La Gurupera, casa N 09, calle principal, Parroquia Bolívar, Araira, Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: Con Pablo Pantoja, en dos medidas: tres metros con ocho centímetros (3,08 M2) y quince metros con cero centímetros (15,00 M2); SUR: Con quebrada, en tres medidas: tres metros con treinta y tres centímetros (3,33 M2); dos metros con setenta y tres centímetros (2,73 M2) y trece metros con diez centímetros (13,10 M2); ESTE: Con pasillo de acceso en tres medidas: tres metros con ochenta y siete centímetros (3,87 M2); dos metros con cero centímetros (2,00 M2) tres metros con setenta y cuatro centímetros (3,74 M2) y OESTE: Con quebrada, en una medida: cuatro metros con cincuenta y tres centímetros (4,53 M2). Con una superficie de construcción de 140.06 M2, a favor de los ciudadanos: ROLANDO PANTOJA CARRILLO y NIXZA IRAI.....