DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: Alejandro Álvarez, venezolano, titular de la cédula de identidad personal N° V-6.277.568, de 43 años de edad, natural de Caracas, nacido el 04-12-63, de estado civil casado, hijo de FLOR MARIA ALVREZ (v) y PABLO EMILIO CARRILLO (f), grado de instrucción Primaria, de profesión u oficio Agricultor, y residenciado en Sector Rió Arriba San Pedro de Los Altos Hacienda del Sr. Juan Grande, cerca de la escuela, Los Teques, Estado Miranda; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 parágrafo primero y 252 numeral 2, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por existir fundados elementos de convicción para estimar su autoría o participación en la comisión del delito de Homicidio Calificado (Motivo Fútil) en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° en concordancia con el 80 todos del Código Penal, y por existir fundados elementos para apreciar peligro de fuga, circunstancia que é.....