este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 12 ,243, y 362 del Código de Procedimiento Civil, declara LA CONFESION FICTA, de la parte demandada y CON LUGAR LA DEMANDA intentada por BIAGIO MELONE MERLINO, Italiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. E- 504.718, debidamente asistido la Profesional del Derecho, Abogada MARÍA DEL CARMEN NUZZO SGAMBATO., Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpre-abogado bajo el N°.36.834 y titular de la cédula de identidad N°. V- 6.825.297, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, y en consecuencia a ello se ordena a la parte demandada a hacer entrega a la parte demandante del inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda signado con el N°. A-34- Piso 03, Cuerpo A, de la Torre M.....