Se le impone al imputado EFRAIN ENRIQUE ROMERO CARRASQUEL, venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Estampandor, natural de Ocumare del Tuy, nacido 02-01-73, Edad: 31 años y portador de la Cédula de Identidad N° V-13.598.566, Residenciado en: Sector La Trilla, Barrio José Gregorio Hernández, Calle Principal, Casa Sin Numero, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, hijo de Gloria Romero (V) y Emilio Romero (V) la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los Artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3°, Articulo 251 ordinales 2° y 3° y Articulo 252 ordinal 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que están llenos los extremos legales.. Librese Boleta de Encarcelación. CUARTO: Se indica como lugar de Reclusión el Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Se cierra el acta siendo las 2:45 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del C.....