Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS CABRICES BELLO, venezolano, de 42 años de edad, residenciado en el Sector El Barbecho, Calle Principal de Santa Rosa, casa N° 25, Los Teques, Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda; y RONY JAVIER OROPEZA ADAMES, venezolano, de 23 años de edad, domiciliado en Vía Lagunetica, Urbanización Las Guamas, Calle Los Geranios y/o Calle Junín Oeste, casa N° 08, Los Teques, Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda; por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN e INJURIA, previstos y sancionados en los artículos 444 y 446, respectivamente; del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ERASMO ALEXIS MARÍN SILVA, titular de la.....