Primero: SIN LUGAR la solicitud de Amparo Constitucional propuesta por el ciudadano EDGAR OMAR PEREIRA CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.803.499, actuando en su carácter de Administrador General y representante legal de la Sociedad Mercantil "HALLEY GRAFICAS, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de abril de 1986, anotado bajo el No. 71, Tomo 23-A Sgdo., debidamente asistido por la Abogada MERCEDES ELENA MEDINA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 43.439, en contra la sentencia dictada en fecha 12 de enero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia.