DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías ubicadas en la siguiente dirección: Urbanización Oropeza Castillo, Zona 01, Manzana Nº 01, Etapa III, Vereda 01, Casa Nº 05, Sector 01, Raúl Ñañez, Guarenas, Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: Con la Casa Nº 03, Vereda Nº 01; SUR: Con la Casa Nº 07, Vereda Nº 01; ESTE: Con Vereda Nº 01 que es su frente; y OESTE: Con borde la quebrada Gueime. Dicha bienhechuría tiene una superficie total de construcción de DOSCIENTOS VEINTITRÉS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (223,50 MTS2), a favor de la ciudadana YSVETTE DEL CARMEN PITA BOYER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.752.890. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS