este Juzgado, se ordena agregar a los autos los recaudos acompañados; por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el Libro de Causas bajo el Nº 061-04, y de conformidad con el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la Citación del Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe, en tal sentido expídase por secretaria copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto