Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a los Imputado, DAGLEN HENRRIQUE COCONUBO, de Nacionalidad venezolano , residenciado Callejón el Carmen Rosario Soapire, casa s/n, Municipio Paz Castillo Santa Lucía, nacido en fecha 26-05-79 , de profesión u oficio comerciante, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.743.448, de Padres: Orfalia Coconubo (F) y padre desconocido y YONATHAN JESUS ANTONIO TORRES MEJIAS, de Nacionalidad venezolano, residenciado El Rosario de Soapire Calle principal, El Jabillo, casa 148, Santa Lucía, nacido en fecha 03-9-85, de profesi.....