este Tribunal observa que desde el día 12 de febrero de 2019, fecha en la cual la ciudadana LESBIA MONCADA DE PICCA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.390, renuncio al cargo de Defensora Ad-Litem, la causa se suspendió, en tal virtud, los lapsos de 45 días continuos, concedidos al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, comenzaran a correr a partir del día siguiente a la notificación que conste en autos del defensor Ad-Litem, en virtud de que al folio 174 de la pieza IV del presente expediente, consta en autos la notificación del Síndico Municipal, vencidos estos, al día siguiente comenzara el lapso para la contestación a la demanda, todo previa la notificación del defensor Judicial para la reanudación de la causa, de diez (10) días de despacho.