Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley. Téngase este pronunciamiento como parte integrante de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 26 de junio del 2018, que riela a los folios 17 y 18 del expediente Nº 2633/2018 de la nomenclatura de este a quo. Expídase por Secretaria cuatro (04) juegos de copias certificadas del presente auto, a los fines de complementar la decisión proferida por este Juzgado en fecha 26 de junio de 2018. En virtud que la copia certificada se hará mediante procedimiento de fotostatos, se ordena su elaboración de conformidad a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en la ciudad de Los Teques, a los .....