Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos las ciudadanas ISAURA MARGARITA FEO de SOLANO, FREYSIMAR SOLANO FEO y FREDMAR ELAINE SOLANO FEO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.461.069, V-17.980.058 y V-21.120.754, respectivamente. Únicas y Universales Herederas del causante FREDDY EDUARDO SOLANO DIAZ (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.841.579, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese en .....