Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la presente incidencia aperturada conforme a lo previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se ordena la CONTINUACIÓN de la ejecución de la sentencia proferida en fecha 29 de enero de 2018, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo:Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero:Se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia certi.....