Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por los abogados MARIA DE LOURDES BRICEÑO PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.646, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana SARA YOUCI ARRAIZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.599.999, y LUIS ALBERTO PARRA CLIFTON, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 305.867, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESUS JEAN CARLOS MACHADO SENLUIS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.892.815, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fech.....