Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos JESÚS RAÚL ÁLVAREZ GUTIÉRREZ, RAÚL ÁLVAREZ PALACIO y OMAIRA ÁLVAREZ PALACIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.913.202, V-15.316.380 y V-26.951.081, respectivamente, Únicos y Universales Herederos de la causante MARÍA DEL CARMEN PALACIO de ÁLVAREZ (), quien fuese venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.913.181, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese en la pági.....