Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por los ciudadanos ROLANDO RUFINO TRUJILLO FUENTES y JESSIKA AGUIAR de TRUJILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.910.839 y V-14.674.516, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintisiete (27) de septiembre de 2002, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías, estado Aragua, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio que riela bajo el Nº 041, Folio 043, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por.....