IV.-
DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Acción Reivindicatoria interpuesta por el ciudadano ROBERTO LÓPEZ LOSADA contra la ciudadana MARÍA DEL VALLE AGUILERA DE JIMÉNEZ, ambas partes identificadas a los autos. Y, en consecuencia, se condena a la demandada a restituir, de forma inmediata y sin plazo alguno, a la parte actora el bien inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, distinguido con la letra y número "C" RAYA OCHENTA Y DOS (C-82), el cual forma parte de la Torre "C" del Conjunto Residencial Comercial Caracas, ubicado en la Avenida Bolívar, con Calle Páez Sur, de la ciudad de Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, conforme consta de documento de propiedad p.....