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martes, 14 de mayo de 2019
RESOLUCIÓN Nº 21-19.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN Y PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 21-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, postuló al DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y al DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, para participar en el "Congreso Justicia y Constitución",a realizarse por la Escuela Nacional de la Magistratura, durante los días Miércoles Quince (15), Jueves Dieciséis (16) y Viernes Diecisiete (17) de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019), cuya actividad académica se llevará a cabo en el Auditorio Central del Tribunal Supremo de Justicia - Caracas, en el horario comprendido de 9:00 a.m. a 1:00 p.m, en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave, los días Miércoles Quince (15), Jueves Dieciséis (16) y Viernes Diecisiete (17) de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019); en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Catorce (14) días del Mes de Mayo de Dos Mil Diecinueve (2019). CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/er.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 21-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, postuló al DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y al DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, para participar en el "Congreso Justicia y Constitución",a realizarse por la Escuela Nacional de la Magistratura, durante los días Miércoles Quince (15), Jueves Dieciséis (16) y Viernes Diecisiete (17) de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019), cuya actividad académica se llevará a cabo en el Auditorio Central del Tribunal Supremo de Justicia - Caracas, en el horario comprendido de 9:00 a.m. a 1:00 p.m, en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave, los días Miércoles Quince (15), Jueves Dieciséis (16) y Viernes Diecisiete (17) de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019); en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Catorce (14) días del Mes de Mayo de Dos Mil Diecinueve (2019). CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/er.-
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
14/05/2019
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