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miércoles, 23 de julio de 2014
RESOLUCIÓN N° 25-14.- NO DESPACHO EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHRALLAVE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN N° 25-14
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17/06/2013, mediante oficio Nº CJ-13-1978 y debidamente juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), se llevará a cabo en la Sede de este Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, una Jornada Especial de Fumigación por parte de la Corporación de Salud del Estado Bolivariano de Miranda.
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda mediante Circular N° 034-2014, decretó el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), NO LABORABLE, en virtud de la toxicidad del producto que se aplicará a tal fin con el propósito de resguardar la salud de todos nuestros Jueces y funcionarios.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, todos de ésta Circunscripción Judicial y sede, declarándose inhábil el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales ni se celebraran actos en la referida fecha.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Veintitrés (23) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación. CÚMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZ COORDINADORA DEL TRABAJO DE LOS VALLES DEL TUY
TRS/ldb
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN N° 25-14
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17/06/2013, mediante oficio Nº CJ-13-1978 y debidamente juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), se llevará a cabo en la Sede de este Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, una Jornada Especial de Fumigación por parte de la Corporación de Salud del Estado Bolivariano de Miranda.
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda mediante Circular N° 034-2014, decretó el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), NO LABORABLE, en virtud de la toxicidad del producto que se aplicará a tal fin con el propósito de resguardar la salud de todos nuestros Jueces y funcionarios.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, todos de ésta Circunscripción Judicial y sede, declarándose inhábil el día Viernes Veinticinco (25) de Julio de dos mil catorce (2014), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales ni se celebraran actos en la referida fecha.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Veintitrés (23) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación. CÚMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZ COORDINADORA DEL TRABAJO DE LOS VALLES DEL TUY
TRS/ldb
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
23/07/2014
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