REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TOMÁS LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, veintiocho (28) de mayo del año dos mil veinticinco (2025)
215° y 166°

S-1777-2025-TSM
SOLICITANTE: ANA MARÍA SOTO CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.410.834.
ABOGADA ASISTENTE: LORENZO ARCICIO PADILLA, inscrito en el Ipsa bajo el Nro. 162.573.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.

Mediante escrito recibido según Acta de Distribución Nro. 076/2025 de fecha veintiuno (21) de mayo del año dos mil veinticinco (2025 y; presentado por la ciudadana ANA MARÍA SOTO CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.410.834, debidamente asistida por el abogado LORENZO ARCICIO PADILLA, inscrito en el Ipsa bajo el Nro. 162.573; por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignado a este Juzgado previo sorteo de Ley.
Alega la solicitante que ha construido con dinero de su propio peculio una bienhechuría constituida por una casa, sobre un lote de terreno propiedad del INTI, la cual cuenta con una superficie de setecientos cincuenta metros con treinta decímetros (750.30 mts²) y un área de construcción de ciento cuarenta y tres metros con setenta y seis decímetros (143.76 mts²) y, se encuentra ubicada en la siguiente dirección: Sector Rangel, Las Casitas, Calle Las Casitas, Casa Nro. 2433, Ocumare del Tuy, municipio Tomás Lander del estado Bolivariano de Miranda y; posee las siguientes características: paredes de bloque, techo de asbesto, zinc y acerolit, paredes con frisado pintadas, piso requemado, (5) habitaciones, sala comedor, cocina, baño y porche; y cuyos linderos comprende: NORTE: en líneas quebradas de 25.89 y 27.90 Mts con CARMEN OVIEDO; SUR: en líneas quebradas de 3.53, 16.39, 18.93, 13.37, 8.37, 3.50 Mts con FAMILIA PIMENTEL MIJARES; ESTE: en línea recta de 12.45 Mts con SANTIAGO MARTINEZ; OESTE: en línea recta de 13.83 Mts con CALLE LAS CASITAS; según consta en Mensura y Procedencia emitida por la Dirección de Catastro, en la Secretaria para el Derecho a la Ciudad de la Alcaldía del municipio Tomás Lander DCM 78/2021 de fecha seis (06) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021).
Consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones y a los fines que le interesa, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentará sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), se admite la solicitud en cuanto a lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; se insta a la parte solicitante a presentar a los ciudadanos que fungirán como testigos, en días y horas de despacho, a los fines de las deposiciones testimoniales.
En fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), tuvo lugar la evacuación testimonial de las ciudadanas YEISESBEL LEAINESKA MOTA PIMENTEL Y ELOISA GREGORIA PADILLA CONDE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.904.177 y V-6.999.807 respectivamente.


Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas identificadas Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia. DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana ANA MARÍA SOTO CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.410.834. sobre la bienhechuría descrita Ut Supra. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tomás Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025) Año 215º de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZA


NANCY ORTIZ MALAVE

LA SECRETARIA


ANDREINA REINA

En la misma fecha se publicó y se registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de la Ley, siendo las once y veinte de la mañana (11:20 am).

LA SECRETARIA


ANDREINA REINA




S-1777-2025-TSM
NJOM/AR/mg