REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 10 de Abril del año 2026.
Años: 213º y 165º
De una revisión de las presente actuaciones se evidencia que en fecha
22/03/2024, mediante sorteo realizado en este Tribunal correspondiendo a este
Juzgado, fue recibida por Distribución, la demanda por Motivo de Reivindicación
de Inmueble y Daños y Perjuicios incoada por el ciudadano Rubén Darío García
Díaz, en contra de la ciudadana Maria De Lourdes Valera Pérez.
En fecha 03/04/2024, el Tribunal Admitió al demanda dándole
entrada y curso legal correspondiente.
En fecha 13/12/2024, el Tribunal declaró SIN LUGAR la demanda de
Reivindicación de Inmueble y Daños y Prejuicios.
En fecha 07/01/2025 mediante Oficio Nº 25 -003, este Juzgado
remitió el presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil, Bancario, Transito y Marítimo del segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a los fines de que
conozca y decida sobre el recurso de Apelación,
En fecha 23/09/2025, el Tribunal de Alzada declaró SIN LUGAR el
recurso de Apelación ejercido por la parte Actora y confirma la
Decisión dictada por esta Dependencia Judicial.
En fecha 15/10/2025, este Tribunal recibió las resultas de Apelación
del Tribunal de Alzada y por consiguiente se le dio reingreso y curso
legal.
Ahora bien, en vista de todo el recorrido procesal de la presente Causa y en
virtud de que la decisión dictada en fecha 13/12/2024, se encuentra
definitivamente firme, en consecuencia de declara TERMINADO, por lo que, en
procura del descongestionamiento del Archivo de este palacio de Justicia con
indicación de lo expresado en sentencia nro. 925 de la Sala Constitucional del 15
de Mayo de 2002,con ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de
Miguel Arcángel Godoy, expediente Nro. 05-0700, en la oportunidad de
correspondiente.
EL JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA
LA SECRETARIA
MARLIS TALY LEON