En fecha 09 de Abril de 2026 se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) solicitud de CESION DE DERECHOS intentada por los ciudadanos ENMANUEL GOMEZ RAMPHAL, STEPHEN GOMEZ RAMPHAL Y SAMANTHA GOMEZ RAMPHAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros: V-24.038.106, 24.038.107 y V-27.010.941, de este domicilio, debidamente asistidos por el ciudadano CAMPOS ELIAS SILVA CONDE y DAIRYS VANESSA MEJIAS SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V-11.724.090 y V-19.941.090, abogados en ejercicio, inscritos bajo el I.P.S.A. Nros: 138.826 y 305.904, respectivamente, ambos de este domicilio a favor de la ciudadana JENNYS BARBARITA MARTINEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.288.729 y de este domicilio.
Dándosele entrada en fecha 13 de abril del año 2026 y en esa misma fecha se dictó auto instando a la parte a presentar Partida de Nacimiento de dichos solicitantes, Declaración Sucesoral y Solvencia del mismo.
En fecha 16-04-2026 el ciudadano CAMPOS ELIAS SILVA CONDE, abogado, en ejercicio, inscrito bajo el I.P.S.A. N° 138.826, solicita prórroga para consignar lo peticionado por el Tribunal, motivado a que los mismos se están tramitando ante las instituciones del estado.
En fecha 17-04-2026 este Tribunal concede cinco (5) días de despacho a partir de la fecha del presente auto para que la parte interesada consigne lo solicitado.
Ahora bien, visto que desde el día 13 de Abril del 2026, fecha en la cual se dictó auto instando a la parte a consignar Partida de Nacimiento de dichos solicitantes, Declaración Sucesoral y Solvencia del mismo ya que no consta en su escrito de solicitud, en un lapso de tres (03) días y luego una prorroga el cual fue solicitada por la parte solicitante y concedida por este tribunal de cinco (05) días de despacho mediante auto de fecha 17-04-2026. Visto que no se han realizado actos procesales posteriores, el Tribunal considera que ha transcurrido suficientemente el plazo para que el interesado manifieste su interés en la presente solicitud, por lo que considera que la misma se encuentra paralizada y ha operado en esta solicitud el decaimiento del interés del solicitante.
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