REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 22 de abril del año 2026.

215º y 166º
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-V-2026-000194
Resolución: PJ0262026000069

Vista la anterior demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, presentada por
la parte actora, ciudadana: CORINA DEL VALLE GUILARTE RIVAS, venezolana, mayor
de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.569.870 asistida por el ciudadano: Joel
Millán, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.092 de este
domicilio, en contra del ciudadano JOSÉ DANIEL VALDERRAMA MARCANO
venezolano, titular de la cedula de identidad Nro: 16.628.744. Este Tribunal a los fines de
pronunciarse sobre la competencia para conocer de la presente demanda observa:
De la Estimación de la Demanda: se estimo la presente demanda de
RESOLUCIÓN DE CONTRATO en la cantidad de doce millones (Bs.12.000.000, 00).
En tal virtud, y por cuanto este Tribunal no tiene competencia de acuerdo a la cuantía,
en consecuencia se DECLINA la competencia por la cuantía, a uno de los Juzgados De
Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario, Y Transito Del Primer Circuito De La
Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, al cual se ordena remitir la presente
demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, une vez firme la presente decisión, a los
fines de que continué su curso legal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en este
Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio
Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veintidós
(22) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026). Años: 215° de la
Independencia y 166° de la federación
El Juez,
Nilymar González Bermúdez

La Secretaria,
Ennys Barreto Escorche
La anterior decisión fue publicada en su misma fecha, siendo las diez de la (11:00
p.m.) de la mañana.

La Secretaria,

Ennys Barreto Escorche