REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 20 de abril de 2026
216º y 167º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, su reforma y los recaudos consignados en fecha 17 de abril del 2026, presentada por el abogado JULIO JOSE JORDAN VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 6.076.175, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº108.089, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIANA MAXIMINA LEON SALAS y ERIC JOSE RAMIREZ LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-24.524.890 y V-13.600.303, respectivamente; se observa que existen incongruencias entre el escrito de solicitud y los recaudos aquí consignados, en consecuencia este Juzgado INSTA al abogado JULIO JOSE JORDAN VASQUEZ, supra identificado, a consignar plano topográfico del área de terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías objetos de la presente solicitud de título supletorio, así como reformar su escrito de solicitud donde establezca claramente la totalidad del área de terreno y área de construcción de la bienhechuría, para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.

LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que anterior
LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ