REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-5938-25
SOLICITANTE: ROGELIO ALEXANDER CURVELO CAPOTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-14.481.566.
ABOGADA ASISTENTE: LUISA CAROLINA DESVOIGNES, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°214.313.
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 04 de agosto del 2025, suscrito por el ciudadano ROGELIO ALEXANDER CURVELO CAPOTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-14.481.566, debidamente asistido por la abogada LUISA CAROLINA DESVOIGNES, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°214.313. Seguidamente en fecha 05 de agosto del 2025, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5938-25.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursante al folio 14 y su vuelto de la presente solicitud, de nombres JUAN JOSE GUEBARA MARTINEZ y ODALIA MUJICA PIÑERO, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-15.912.713 y V-16.591.272 respectivamente; este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ROGELIO ALEXANDER CURVELO CAPOTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-14.481.566, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de mayor extensión identificado como lote “K” propiedad de los ciudadanos: MERY EBELIN BREINDEMBACH CAPOTE, HILDA PRISCA BREINDEMBACH DE GRIMAN, JUANA CAMILA BREINDEMBACH DE FERNANDEZ y CARMEN CRUZ BREINDEMBACH CAPOTE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-12.159.024, V-6.462.197, V-11.470.218 y V-11.470.241 respectivamente, el cual tiene una superficie de CIENTO TREINTA Y OCHO CON SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (138.61mts2), ubicado en: Sector Quebrada Grande parte alta, casa S/N, Parroquia el Jarillo, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO TREINTA Y OCHO CON SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (138.61mts2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada LUISA CAROLINA DESVOIGNES, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°214.313.
Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintiún (21) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026). Años: 216° y 167°.
LA JUEZA PROVISORIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR
VIRGINIA GONZALEZ
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo las diez y cincuenta y tres minutos de la mañana (10:53 am)
LA SECRETARIA TITULAR
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YM
S-5938-25
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