REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
Carrizal, 24 de abril de 2026
216º y 167º

Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de DIVORCIO, se observa que desde el día, 23 de junio del 2024, fecha en que se instó a la solicitante a consignar Original o Copia Certificada de las Actas de Nacimiento de los ciudadano HETHSIRED DE JESUS BLANCO FLORES y BRODK DERID BLANCO FLORES, han transcurrido más de diez (10) meses, sin que la solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el cierre y remisión al archivo judicial de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR

VIRGINIA GONZALEZ


HJNR/VG/YM
S-5585-24