REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

SOLICITUD Nº S-26-045
DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
FECHA DE LA SOLICITUD: 26 de Marzo de 2026.
SOLICITANTE: IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.030.986.
DEFENSORA PUBLICA: ABG, NULBY PALACIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.080.

Mediante escrito presentado ante el Tribunal Móvil en fecha 26 de Marzo de 2026, por la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.030.986, asistida por la DEFENSORA PUBLICA abogada NULBY PALACIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.086, en la cual solicita se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.052, y a sus hijos NELSON ENRIQUE MORENO BERMUDEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.821.869, RAIZA FABIOLA MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.821.868, GELINOTTI SHUGEIS MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.480.322, YURLIKA VANESSA MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.978.830 y BARBARA GUADALUPE DE LA CHIQUINQUIRA MORENO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.988.271 correlativamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-

DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 31 de DICIEMBRE de 2025, falleció ab intestato, NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.052.
2º) Acompaña a la solicitud los siguientes documentos: Acta de defunción y copia fotostática de la cédula de identidad del causante NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO; Acta de Matrimonio del causante y la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, copia fotostática de la cedula de identidad de la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, Actas de Nacimiento y copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos NELSON ENRIQUE MORENO BERMUDEZ, RAIZA FABIOLA MORENO BERMUDEZ, GELINOTTI SHUGEIS MORENO BERMUDEZ, YURLIKA VANESSA MORENO BERMUDEZ, BARBARA GUADALUPE DE LA CHIQUINQUIRA MORENO TOVAR.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha catorce (14) de Abril de dos mil veintiséis (2026), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos PEGGY ESTHER CASTRO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, de 59 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.030.986, y YORJAN DAVID ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.537.024, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, asimismo conocieron al De Cujus NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, igualmente les consta que la solicitante y sus hijos son los Únicos y Universales Herederos del causante. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, ACTA DE MATRIMONIO del causante y la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, copia fotostática de la cedula de identidad de la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, Actas de Nacimiento y copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos NELSON ENRIQUE MORENO BERMUDEZ, RAIZA FABIOLA MORENO BERMUDEZ, GELINOTTI SHUGEIS MORENO BERMUDEZ, YURLIKA VANESSA MORENO BERMUDEZ, BARBARA GUADALUPE DE LA CHIQUINQUIRA MORENO TOVAR, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos, primero, del fallecimiento del causante NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, y segundo la filiación existente entre el De Cujus y los ciudadanos IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, NELSON ENRIQUE MORENO BERMUDEZ, RAIZA FABIOLA MORENO BERMUDEZ, GELINOTTI SHUGEIS MORENO BERMUDEZ, YURLIKA VANESSA MORENO BERMUDEZ, BARBARA GUADALUPE DE LA CHIQUINQUIRA MORENO TOVAR, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus NELSON SILVESTRE MORENO NARANJO, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.429.052, a su esposa la ciudadana IRAMA JOSEFINA TOVAR RADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.030.986 y a sus hijos NELSON ENRIQUE MORENO BERMUDEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.821.869, RAIZA FABIOLA MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.821.868, GELINOTTI SHUGEIS MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.480.322, YURLIKA VANESSA MORENO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.978.830 y BARBARA GUADALUPE DE LA CHIQUINQUIRA MORENO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.988.271, correlativamente. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
El Juez,

Abg. ARTURO ROBLES TOCUYO.
El Secretario,


Abg. JOSE DURAN ROMERO.
Dado, firmado y sellado, a las once horas de la mañana (11:00 a.m.,) del día veintisiete (27) de Abril de dos mil veintiséis (2026), en la Sala de Despacho de este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
El Secretario,


Abg. JOSE DURAN ROMERO.


SOLICITUD N° S-26-045
ART/JDR/MR