REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, diez (10) de abril del año 2026.
215° y 167°

SOLICITUD N°14988.-
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto en la Jornada de Tribunal Móvil convocada por el Tribunal Supremo de Justicia y la Jueza Rectora del estado Bolivariano de Miranda llevada a cabo en: Plaza Bolívar de la Ciudad de Guarenas, Municipio Plaza del estado Bolivariano de Miranda, este Tribunal Declara: ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los(as) ciudadanos(as) ROSARIO ELENA SILVA, GREGORIA JOSEFINA SILVA y ANA KARINA RODRIGUEZ PUENTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.759.119, V-8.759.904 y V-23.194.603, respectivamente, en sus carácter de causahabientes del/la De Cujus, ciudadano(a) ARASELI SILVA (♰), quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.279.960.
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas de la presente solicitud de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignado por el/la solicitante los fotostatos correspondientes a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Publíquese en el portal web: www.miranda.tsj.gob.ve. Cúmplase. –
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA BEATRIZ REVENALES ARMAS

LA SECRETARIA Acc.,


Abg. DANYS M. LUGO H.



ABRA/dmlh/Mariana.
DUUH.
Solicitud Nº14988.