REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
CIUDAD PIAR, 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2.026
216° Y 167°
En hors de despacho del día de hoy, siendo las (10:00 a.m) día y hora fijada por este Tribunal, para llevar a cabo el ACTO DE MEDIACION; en presencia de la Ciudadana Juez: Dra. PAGUIRMA BARRIOS y la Secretaria Temporal Lcda. FRANCISMAR BOGARIN. Acto seguido, la Ciudadana Jueza solicita a la Secretaria de este Despacho, que deje constancia de las presencias de las partes; seguidamente la suscrita Secretaria, deja constancia de la comparecencia de las Partes, Ciudadana BRITNEY LAINET RODRIGUEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-30.587.249, actuando como parte demandada; y el Ciudadano: JAVIER DINYS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 26.512.518, con domicilio en la Población de Santa Cruz, calle Principal, Casa S/N, Parroquia Santa Bárbara, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, actuando como parte demandado.- Seguidamente se declara abierto el respectivo ACTO DE MEDIACION, advirtiéndoles a los presentes la importancia del Acto, así como también la relevancia del mismo, intentando la Jueza la Mediación entre las partes, concediéndole consecutivamente el derecho de palabra a la Ciudadana BRITNEY LAINET RODRIGUEZ FLORES, quien expone lo siguiente: Ciudadana Juez ratifico el escrito de solicitud presentado por mi persona, para que se fijen los siguientes montos: Cien dólares ($100) de manera mensual y consecutiva, equivalente a la tasa del BCV del día; la Cantidad de Doscientos Dólares ($200) para la Época de Vacaciones en el mes de Agosto, equivalente a la tasa del BCV del día; La suma de Trescientos Dólares ($300) para la Época decembrina, equivalente a la tasa del BCV del día; así como también cubra el 50% gastos médicos para mis hijos.- Es todo. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JAVIER DINYS RIVAS, quien manifiesta: Estar de acuerdo por lo expuesto por la madre de mis hijos. –Es todo.- Escuchadas como han sido las manifestaciones de las partes presentes en la respectiva audiencia, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA en cada una de sus partes el acuerdo llegado entre éstas, por no ser contrario al Orden Público, a la Buenas Costumbres y a las disposiciones establecida en la Ley, ya que la presente homologación está bajo los parámetros de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente bajo el articulo 358.- Se le informa a la parte actora, que el Incumplimiento de lo aquí acordado, traerá como consecuencia que este Tribunal le imponga medidas gravosas. - Es Todo. Se Terminó, se Leyó y Conformes Firman. – Cúmplase.
LA JUEZA
DRA PAGUIRMA BARRIOS
PARTE ACTORA:
BRITNEY LAINET RODRIGUEZ FLORES
PARTE DEMANDADA
JAVIER DINYS RIVAS
LA SECRETARIA TEMPORAL
LCDA.FRANCISMAR BOGARIN
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