REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA

Carrizal, 10 de agosto de 2026
216º y 167º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, y los recaudos consignados durante la jornada de Tribunal Móvil TSJ-COMUNIDAD, de fecha 06 de agosto de 2026, presentada por los ciudadanos FTEFANNY KAINDIA LOZADA MACHADO y FERNANDO LUIS GUTIERREZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-27.606.599 y V-22.647.305 respectivamente; debidamente asistidos por la abogada NULBY PALACIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.086, Defensora Pública Provisoria Segunda con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Tránsito de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Miranda; de una revisión de las actas de la presente solicitud se evidencia que carecen de los planos topográficos con medidas UTMREGVEN, donde conste el área total del lote de terrero así como el área de construcción de la bienhechuría y autorización por parte de la ciudadana MAXIMIANA CABRERA GUDIÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-9.377.039, la cual deberá ser presentada y firmada ante la Secretaria de este Juzgado. En vista de lo anterior este Tribunal INSTA, a los solicitantes ciudadanos FTEFANNY KAINDIA LOZADA MACHADO y FERNANDO LUIS GUTIERREZ MARTINEZ, supra identificados a consignar los recaudos antes mecionados. Para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud.-
LA JUEZA PROVISORIA

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR

VIRGINIA GONZALEZ

HJNR/VG/YM
S-6294-26