REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 04 de agosto de 2026
216º y 167º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, se observa que desde el día, 28 de enero del 2026, fecha en que se instó a la solicitante a consignar copia de la Cedula Catastral, las Variables Urbanas, plano topográfico con las medidas UTM-REGVEN, donde conste el área de terreno, así como la autorización de la Sociedad Mercantil “INVERSIONES ALDIRO,C.A”. Inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 17 de mayo de 1999, bajo el N°9, Tomo 9-A-Pro, en la persona de su representante legal, y a reformar su escrito de solicitud, se evidencia que han transcurrido más de siete (07) meses, sin que la solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el cierre y remisión al archivo judicial de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YBA
S-6119-26
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