REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
(EN FUNCIONES DE TRIBUNAL MOVIL)
Carrizal, 07 de agosto de 2026
216º y 167º
Vista la solicitud de DIVORCIO, y los recaudos consignados en fecha 06 de agosto del 2026, en el marco de la jornada de Tribunal Móvil TSJ-COMUNIDAD, presentada por los ciudadanos ALICIA ZENAIDA SEQUERA DE RAMOS y VICTOR MANUEL DE RAMOS venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.008.035 y V-3.710.672; respectivamente, debidamente asistidos por la abogada GINNET VERAMENDEZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 131.817, Defensora Publica Provisoria Primera con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito; se observa que carecen de recaudos fundamentales para llevar a cabo su pretensión, en consecuencia este juzgado INSTA a los solicitantes los ciudadanos ALICIA ZENAIDA SEQUERA DE RAMOS y VICTOR MANUEL DE RAMOS, a consignar copia simple de la cédula de identidad de su hija NATHALI AIRSA RAMOS SEQUERA, para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA
VIRGINIA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que anterior
LA SECRETARIA
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YBA
S-6303-26
INSTAR