REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Piar, 15 de Enero del año 2025
215º y 166º
Jurisdicción Civil. -
Vistas las actuaciones promovidas presentada por el ciudadano CHRISTOPHER JOSUE CENTENO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 32.501.445, actuando en su propio nombre y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIA ELENA UZCATEGUI, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.164, Y vistas igualmente las declaraciones de los testigos Ciudadanos: JESUS ALBERTO GOMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 26.500.292, y RUBEN CRISOSTOMO DIAZ BERTO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.524.450 de éste domicilio, respectivamente; promovidos por la solicitante de marras; éste Tribunal en atención a que los dichos de los testigos se infieren, que están contestes en sus afirmaciones, al señalar que el ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de Cujus OSCAR JOSE CENTENO LA ROSA, es el Ciudadano CHRISTOPHER JOSUE CENTENO, hijo del difunto antes mencionado; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, lo DECLARA COMO UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante antes nombrado, fallecido ab-intestato, el día Veintinueve (29) de Junio del año 2.025; y que falleció en el Hospital Américo Babo de Puerto Ordaz, Parroquia Cachamay, Municipio Caroní del Estado Bolívar; a consecuencia de ENFERMEDAD CEREBRO VASCULAR, CRISIS HIPERTENSIVA, HIPERTENSION ARTERIAL, según Certificación de Defunción signada bajo el N° 4781635, del Libro de Registro de Defunciones llevada por el Municipio Caroní del Estado Bolívar, correspondiente al año 2025, Acta N° 1872, quien en vida fue portador de la Cédula de Identidad N° V- 11.730.204. Se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los interesados, a fin de que surtan los efectos legales.
LA JUEZA

DRA. PAGUIRMA BARRIOS LA SECRETARIA TEMPORAL


LCDA.FRANCISMAR BOGARIN












Solicitud. N° 01-2026 (Únicos y Universales Herederos)
C.C. Archivo.