REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 25 de Febrero del año 2026
215º y 167º
RESOLUCIÓN N°: PJ0252026000035
ASUNTO: FP02-S-2026-000262
Visto el escrito de Homologación de Partición y Liquidación de bienes de la comunidad conyugal que antecede presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) en fecha 09 de Febrero de 2026, por los ciudadanos MARIA DEL VALLE CARRERA TABATA Y JUAN BAUTISTA BELMONTE HERNANDEZ, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros: V-8.863.459 y V-6.036.673, debidamente asistido por la profesional del derecho ciudadana YANIRA MARQUEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 276.430, y de este domicilio, respectivamente.
Y vista la disolución el matrimonio contraído, como se evidencia en el expediente FP02-S-2005-002306, declarada Con Lugar, dictada por este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Jurisdicción Civil Familia. En fecha 10 de Agosto de 2005, donde quedó definitivamente firme el Divorcio 185-A, proceden a la Liquidación, Partición y Adjudicación de los bienes que pertenecieron a la sociedad conyugal, hoy extinguida, los cuales serán adjudicados de la siguiente manera;
Bienes que serán adjudicados a la ciudadana MARIA DEL VALLE CARRERA TABATA:
El ciudadano JUAN BAUTISTA BELMONTE, conviene en ceder y traspasar adjudicación en plena y exclusiva propiedad total a la ciudadana: MARIA DEL VALLE CARRERA TABATA.
1-Una (01) parcela de terreno constante de setecientos noventa y cuatro con cincuenta y cuatro metros cuadrados (794,54 M2) comprendido dentro de los linderos y medidas siguientes: NORTE: Pedro Belmonte con treinta y cinco metros con ochenta centímetros (35.80 Mts), SUR: Juan C. Belmonte con veintinueve metros (29.00 Mts), ESTE: Calle Los Ramitos con treinta metros y cinco centímetros (30.05 Mts), OESTE: María Arzolay con veintidós metros con ochenta centímetros (22.80 Mts).-
Este terreno fue adquirido por la comunidad conforme consta en el documento suscrito por el alcalde del municipio Heres del Estado Bolívar en fecha 14 de mayo de 1998 quedando inscrito este inmueble bajo el número catastral 23,058 del sector 111-11. Titulo que queda anotado bajo el número 45, tomo 01, páginas 91 y 92 del libro de Registro de títulos de ventas (A efecto Videndi). De igual manera la compra venta de terreno queda protocolizada en el Registro subalterno del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar en fecha 28 de Diciembre de 1998 bajo el número 46 desde el folio 278 al folio 282 PROTOCOLO PRIMERO tomo DECIMO CUARTO TRIMESTRE del año.-
Que así mismo el ciudadano JUAN BAUTISTA BELMONTE HERNANADEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-6.036.673, renuncia y transfiere los derechos de propiedad domicilio y posesión de los bienes partidos otorgado formal y definitivo finiquito, renuncio a ejercer contra la otra parte cualquiera acción judicial sea de naturaleza civil, penal mercantil o de otra índole en cuanto al objeto y causa de lo que tratado, nos hacemos reciproca renuncia, nos transferimos de manera reciproca los derechos.-
En fuerzas de las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la HOMOLOGACION de la partición y liquidación de bienes conyugales en la forma y términos señalados en dicho escrito de PARTICION AMISTOSA. Así se decide.
Se acuerda expedir por secretaria copia certificada del escrito, y del presente asunto con la presente resolución.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veinticuatro (24) días del mes de Febrero del año dos mil veintiséis (2026). Años: 215° de la Independencia y 167° de la Federación.
El Juez,
Javier Duerto Zeiga La Secretaria
Juhanny Freites
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las dos y cincuenta y siete minutos de la tarde (02:57 p.m.). Conste.
La Secretaria
Juhanny Freites
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