REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, seis (06) de febrero de 2026
Años: 215° y 166°
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nº TSJ-CJ-Nº 10826-2025 de fecha 19 de mayo de 2025, como jueza provisoria de este tribunal, juramentada por el órgano rector en fecha 09 de junio 2025, habiendo tomado posesión del cargo en la misma fecha, me ABOCO al conocimiento del presente expediente, en el estado en que se encuentra. Asimismo, revisada las actuaciones que conforman el presente expediente con motivo de DESALOJO, presentado por los abogados en ejercicio JOSE SALAZAR MARVAL y JOSE DAVID SALAZAR GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 26.064 y 270.635, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil “INVERSIONES GAMBOA SALAS 2009, C.A.”, este tribunal observa que no se ha producido impulso procesal alguno por la parte interesada por un tiempo superior a nueve (09) meses, por lo que esta juzgadora declara el decaimiento de la presente demanda, por inactividad procesal, lo cual impide la continuación del trámite y revela el abandono voluntario, y por consiguiente, se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente expediente y su remisión al depósito de expedientes de la división de archivos judiciales del estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.-
LA JUEZA,
LEIDYMAR AZUARTA GÓMEZ
LA SECRETARIA ACC,
RUSBELYS BUSTAMANTE.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA ACC,
LAG/RB/yver.
Expediente Nº 25-10408
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