CAPÍTULO II
ANTECEDENTES

Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por este Juzgado,en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por el ciudadanoRAMÓN LEONARDO GUTIÉRREZ BURGOS, titular de la cedula de identidad N° V-17.474.660, asistido por la abogada TIBISAY JOSEFINA GONZÁLEZ ORTEGA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 309.772. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 96, de fecha 09-01-2025.

Aleganel solicitante en su escrito, queadquirió un inmueble ubicado en el CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS DE PASO REAL I, construido sobre las Parcelas C-2, C-3 y C-4 de la Urbanización Paso Real, Sector A, Charallave, Municipio Cristóbal Rojas del estado Miranda, Catastro Nº 3.622, que adyacente al mismo hay un lote de terreno que ha resguardado por más de 10 años y sobre el cual construyo un espacio cerrado para meter suvehículo y usarlo como depósito; Que dicho lote de terreno posee una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRES CENTIMETROS CUADRADOS (242,03 m²), y que se compone de las siguientes características: fundaciones directas con cabillas de 1/2-3/8 vaciadas en concreto armado con resistencia promedio de 250 F'c 2.500 kg/cm², estructura con tubos estructurales, paredes de bloques de concreto debidamente frisadas y pintadas, piso requemado, techo de placa, (1) puerta, (1) Portón de metal, y una ventana, electricidad embutida y posee un área de construcción total de SESENTA METROS CUADRADOS (60,00 m²). El inmueble antes descrito posee las siguientes medidas y linderos generales: NORTE: Desde el punto punto P2 coordenadas Norte: 1.131.394,857; Este:735.680,674 hasta el punto P3 coordenadas Norte: 1.131.387,435 Este: 735.684,508 en una distancia de 14.20 metros con Areas Verde; SUR: Desde el punto P4 coordenadas Norte: 1.131.378,097; Este: 735.680,272 hasta el punto P1 coordenadas Norte: 1.131.394,551; Este: 735.694.897 en una distancia de 14.15 metros con Calle 3; ESTE: Desde el punto P1 coordenadas Norte: 1.131.394,551; Este: 735.694.897 hasta el punto P2 coordenadas Norte: 1.131.394,857; Este: 735.680,674 en una distancia total de 17,29 metros con casa 26-A; OESTE: Partiendo desde el P3 coordenadas Norte: 1.131.387,435 Este: 735.684,508 hasta el punto P4 coordenadas Norte: 1.131.378,097; Este: 735.680,272 en una distancia de 17.29 metros con Areas Verdes.Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 09 de enero de 2026, este Tribunal, le dio entrada y admisión a la presente solicitud y ordeno hacer las anotaciones en el libro respectivo, quedando anotada bajo el Nº S-002-2026.
En fecha 13 de febrero de 2026, previa consignación de los recaudos solicitados este Tribunal, admitió la presente solicitud, en tal sentido se insta a la parte interesada a presentar los testigos para su evacuación.

Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia fotostática de la cedulade identidad del solicitante ciudadanoRAMÓN LEONARDO GUTIÉRREZ BURGOS.
• Copiafotostática del (RIF) del solicitante ciudadanoRAMÓN LEONARDO GUTIÉRREZ BURGOS.
• Carta de Residencia emitida por el Consejo “ Urbanización Paso Real Sector A”,
• Original de la cedula catastral, emitida por la Dirección de Catastro del Municipio Cristóbal Rojas del estado Miranda, Inscripción Nº 001-2026,de fecha 06/02/2026, con sus medidas y linderos.
• Autorización de Título Supletorio de vivienda, emitido por laSindicatura del municipio Cristóbal Rojas del estado Miranda.
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los testigos, ciudadanos YOSMEL JESÚS PERALEZ GONZALEZ y KEIVER ANTONIO NIETO OCANTO
En fecha 19 de febrero de 2026, comparecieron por ante la sala de este Despacho los ciudadanos YOSMEL JESÚS PERALEZ GONZALEZ y KEIVER ANTONIO NIETO OCANTO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-30.300.760 y V-26.488.220, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.

CAPÍTULO III
DISPOSITIVA

Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos YOSMEL JESÚS PERALEZ GONZALEZ y KEIVER ANTONIO NIETO OCANTO,identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del el ciudadano RAMÓN LEONARDO GUTIÉRREZ BURGOS, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.474.660, sobre unas bienhechuriasconstruidas un lote de terreno que pertenece o fueron de URBOSA CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES S.A., ubicado en el CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS DE PASO REAL I, sobre las Parcelas C-2, C-3 y C-4 de la Urbanización Paso Real, Sector A, Charallave, Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del estado Miranda, el cual posee una superficie de terreno de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (242,03 m²), y un área de construcción de SESENTA METROS CUADRADOS (60,00 m²). El inmueble antes descrito posee las siguientes medidas y linderos generales: NORTE: Desde el punto punto P2 coordenadas Norte: 1.131.394,857; Este:735.680,674 hasta el punto P3 coordenadas Norte: 1.131.387,435 Este: 735.684,508 en una distancia de 14.20 metros con areasverdes; SUR: Desde el punto P4 coordenadas Norte: 1.131.378,097; Este: 735.680,272 hasta el punto P1 coordenadas Norte: 1.131.394,551; Este: 735.694.897 en una distancia de 14.15 metros con Calle 3; ESTE: Desde el punto P1 coordenadas Norte: 1.131.394,551; Este: 735.694.897 hasta el punto P2 coordenadas Norte: 1.131.394,857; Este: 735.680,674 en una distancia total de 17,29 metros con casa 26-A; OESTE: Partiendo desde el P3 coordenadas Norte: 1.131.387,435 Este: 735.684,508 hasta el punto P4 coordenadas Norte: 1.131.378,097; Este: 735.680,272 en una distancia de 17.29 metros con Aéreas Verdes. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.

Devuélvase en original, con sus resultas al solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.

Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.






Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los diecinueve (19) días del mes de febrero de 2026. Años: 215° de la Independencia y 167° de la Federación.

EL JUEZ

KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA













KV/MP/gb
Sol. 002-2026