CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, mediante escrito presentado por ante el Juzgado Segundo de Municipio de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de esta circunscripción judicial, en funciones de Juzgado Distribuidor y Receptor de Documentos, en fecha 29 de enerode 2026, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Juzgado, según sorteo realizado en la misma fecha, según acta N° 9,por la ciudadanaSONIA ALEJANDRINA GORRIN DE RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.812.789, asistida por laabogadaLUCILA RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.505.
Alega la solicitante,que en fecha 05 de octubrede 2025, falleció ab-intestatoen la parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital,el ciudadanoVICENTE ARTURO RAMOS, quien era titular de la cédula de identidad N° V-4.678.196, fallecido según consta en el acta de defunción N° 216, de fecha 05-10-2025,emitida por la Oficina de Registro Civil de la ParroquiaSan Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital,quien en vida fuera su esposo,tal y como se evidencia del acta de matrimonio N° 216, emitida por ante el Juzgado Décimo de Parroquia, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 21de diciembre de 1979, bajo el Nº 184; es por lo que de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, solicita sean declarados comoÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, delDe CujusVICENTE ARTURO RAMOS, a los ciudadanosSONIA ALEJANDRINA GORRIN DE RAMOS, VICSON ARTURO RAMOS GORRIN, SONIVIC MARIA RAMOS GORRIN Y SONIMAR DE LA ROSA RAMOS GORRIN, titulares de lascédulas de Identidad Nº V-3.812.789,V-15.165.362, V-16.663.375, y V-18.044.078, respectivamente. Asimismo, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentaría sobre los particulares descritos en la solicitud.
Como elementos probatorios para la pretensión de la presente solicitud la parte interesada consigno junto a su escrito los siguientes recaudos:
• Copia fotostática de la cedula de identidad de la solicitante ciudadana SONIA ALEJANDRINA GORRIN DE RAMOS,
• Copia fotostática de la cedula de identidad del ciudadano VICENTE ARTURO RAMOS, (FALLECIDO);
• Original del Acta de Defunción N° 216, de VICENTE ARTURO RAMOS, de fecha 05-10-2025, expedida por el Registro Civil y Electoral de la parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital;
• Copia de acta de matrimonio de la solicitante SONIA ALEJANDRINA GORRIN DE RAMOS, con el fallecido VICENTE ARTURO RAMOS, emitida ante el Juzgado Décimo de Parroquia, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 21 de diciembre de 1979, bajo el Nº 184;
• Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano VICSON ARTURO RAMOS GORRIN, emitida ante el Registro Civil de la parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 16 de noviembre de 1981, bajo el Nº 2288. Y Copia fotostática de la cedula de identidad;
• Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana SONIVIC MARIA RAMOS GORRIN, emitida ante el Registro Civil de la parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 7 de mayo de 1985, bajo el Nº 719. Y Copia fotostática de la cedula de identidad.
• Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana SONIMAR DE LA ROSA RAMOS GORRIN, emitida ante el Registro Civil de la parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 2 de agosto de 1988, bajo el Nº 1298 , Y Copia fotostática de la cedula de identidad.
• Copia fotostática de las cedulas de identidad de los ciudadanos YARELY LOURDES CAMACHO FERNANDEZ y GEMLUIS ALEJANDRO AROCHA BOYER (Testigos).
En fecha 09 de febrero de 2026, este Tribunal, le dio entrada a la presente solicitud y ordeno hacer las anotaciones en el libro respectivo, quedando anotada bajo el Nº S-028-2026. Se admitió y se instó a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de su evacuación.
En fecha 18 de febrero de 2026, comparecen por ante la sala de este Despacho losciudadanosYARELY LOURDES CAMACHO FERNANDEZ y GEMLUIS ALEJANDRO AROCHA BOYER, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.072.914 y V-14.014.632, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos YARELY LOURDES CAMACHO FERNANDEZ y GEMLUIS ALEJANDRO AROCHA BOYER, antes identificados, y con las consideraciones de Hecho y de Derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor a los ciudadanos SONIA ALEJANDRINA GORRIN DE RAMOS, VICSON ARTURO RAMOS GORRIN, SONIVIC MARIA RAMOS GORRIN Y SONIMAR DE LA ROSA RAMOS GORRIN, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-3.812.789, V-15.165.362, V-16.663.375, y V-18.044.078, respectivamente,en su carácter de ESPOSA E HIJOS, del De CujusVICENTE ARTURO RAMOS, quien era titular de la cédula de identidad N° V-4.678.196. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario y déjese copia certificada de la presente decisión.
Publíquese en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, y regístrese, la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veintitrés(23) días del mes de febrerode 2026. Años: 215° de la Independencia y 167° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (10:40 a.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
KV/MP/yl*
Sol. 028-2026
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