REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Cúa, 13 de febrero de 2026
Años: 215° y 167°
EXP: N.º J-T-3940-26
SOLICITANTE: ANA MARIA ZAPATA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.757.331.
ABOGADO ASISTENTE: ALVARO HERNANDEZ abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 27.958.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGO.
El presente procedimiento se inició mediante distribución celebrada por ante este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quedando signado bajo el N.º 11 en fecha 15-12-2025 se le da entrada al expediente bajo el N.º J-T-3940-26, una vez consignado los recaudos correspondientes, se admite en fecha 03-02-2026 y se insta al solicitante a presentar ante este Juzgado los testigos correspondientes para que tenga lugar la evacuación de testigos.
El día viernes trece (10) de Febrero de dos mil veintiséis (2026), se deja constancia que han sido evacuado los testigos correspondientes en la presente solicitud, tramitada por motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, interpuesta por la ciudadana ANA MARIA ZAPATA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No V-11.757.331, nombrado y juramentado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de este misma Circunscripción Judicial, el fecha 25-04-2023 dentro del expediente identificado con el Nro° 2878/2023, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ALVARO HERNANDEZ ESPEJO inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 27.958
En ese sentido, se les tomo la declaración de los particulares solicitados en el escrito a los ciudadanos MIREYA LEZAMA y JAHAZIERLYS HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad No V-11.411.931 y V-26.058.006, respectivamente, por lo que una vez evacuadas devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por el abogado ALVARDO HERNANDEZ inscrita en el I.P.S.A bajo el N.º 27.958 Asi mismo, déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal. Provéase lo conducente.
EL JUEZ
ASDRUBAL BONILLO
LA SECRETARIA TEMPORAL
ANA FERNANDES
Seguidamente se haga como esta ordenado
LA SECRETARIA TEMPORAL
ANA FERNANDES
Exp: J-T-3940-26
AB/AF/cm.-
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