REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

Puerto Ordaz, 10 de julio de 2026
AÑOS: 216º Y 167º

De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que el día, 22-06-
2026, fue recibido por ante este Juzgado la presente demanda por motivo de
Nulidad Testamentaria Relativa, incoado por el ciudadano Jesús Sebastián
Lefebres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-
2.908.648, sin sujeto pasivo, ahora bien, considera oportuno quien aquí suscribe
realizar las siguientes consideraciones:
 En fecha 01-06-2026, mediante auto el Tribunal le dio entrada a la presente
demanda ordenando su anotación el libro de causa –F 24-
 En fecha 01-06-2026, mediante sentencia el Tribunal declaro inadmisible la
presente demanda. –F 25-
Ahora bien, una vez revisadas las actuaciones del presente expedientes, se
observa que mediante sentencia de fecha 01-06-2026, se declaró inadmisible la
presente demanda, y visto el cómputo que antecede, que dejó definitivamente
firme la sentencia referida, en consecuencia se declara TERMINADO, por lo que,
en procura del descongestionamiento del archivo de esta tribunal, se ordena la
remisión del mismo al Archivo de este palacio de Justicia con indicación de lo
expresado en (sentencia nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo de
2002, con ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel
Arcangel Godoy, expediente Nro. 05-0700, en la oportunidad correspondiente.
EL JUEZ

WANDER BLANCO MONTILLA

LA SECRETARIA

MARLIS TALY LEÓN

FP11-V-2026-0000578 (22.234)