REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
Ciudad Piar, 09 de Julio del año 2026
216º Y 167º
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana SANDRA MILENA VELASCO PABUENCE, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de Identidad N° V-25.849.890, y de este domicilio, debidamente asistida por la profesional del Derecho Abogada ROCCELYN LIRA ORTUÑEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 107.297, y de este domicilio; plenamente identificada en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en la Calle la Escuela, Sector Simón Bolívar de la Población de San Francisco, Parroquia San Francisco, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del estado Bolívar; constante de una superficie de OCHOCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS (880,27Mts2); cuyas construcciones están alinderada de la Siguiente manera Norte: Con Calle el Ambulatorio; Sur: Terreno ocupado por la Iglesia Adventista; Este: Terreno ocupado por Aura Afanador y Oeste: Con Calle la Escuela, así como también su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado.- Cúmplase.-
LA JUEZA


DRA. PAGUIRMA BARRIOS
LA SECRETARIA TEMPORAL

LCDA. FRANCISMAR BOGARIN


Solicitud N° 69-2026 (Titulo Supletorio)
PB/Francis
C.C. Archivo.-