PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ,02 DE JULIO DEL 2026.
AÑOS: 216º Y 166º
SOLICITANTES: HOUSSEIN ALI SAHELI EL SAHELI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.036.039, debidamente asistido por el abogado en ejerció LUIS MEDINA, inscrito en el IPSA bajo el 20.647
SOLICITUD Nº. FP11-S-2026-0001975.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
Vistas las actuaciones promovidas por el ciudadano HOUSSEIN ALI SAHELI EL SAHELI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.036.039, parte solicitante, mediante la cual solicitan sean declaradas suficiente para demostrar el derecho de posesión que les corresponden sobre unas bienhechurías cuya ubicación características y linderos, constan en la solicitud que encabezan estas actuaciones. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (Sentencia Nro. 1329 de fecha 23/06/2005, medida en amparo Ponente Magistrado Marcos Dugarte) los denominados títulos supletorio no son títulos ni suplen nada, si no que se trata de justificativo para perpetua memoria sobre hechos o derechos de la parte interesada que los promueves, a tenor de lo previsto en el articulo 936 Y 937 del Código de procedimiento Civil se declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano HOUSSEIN ALI SAHELI EL SAHELI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.036.039, antes identificado, y sin perjuicio de terceros que puedan tener igual o menor derecho sobre las referidas bienhechurías. Devuélvanse las presentes actuaciones originales con sus resultas y acuérdese copias certificadas en caso de requerirlo las partes conforme a los artículos 111 y 112 del C.P.C.
LA JUEZA
MAYRA G. URBANEJA ZABALETA LA SECRETARIA TEMP
MARIA PARRA
Constantes de (_______) folios útiles se devuelven las originales y sus resultas, Asimismo, conforme al Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil se deja copia certificada del presente decreto para su publicación, siendo las 10:30 a.m.-
LA SECRETARIA TEMP
MARIA PARRA
NRO.FP11-S-2026-001975
MUZ/MP/Renny.
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