REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR

Guasipati, 17 de julio del año 2026
216º y 167º
TS.054-2026
PJ2026000060

Vistas las actuaciones promovidas por el ciudadano CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-22.584.194, oídas las declaraciones de los testigos, ciudadanas RAIZA DEL CARMEN FIGUERA y NINIVES CAROLINA RODRIGUEZ RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-18.138.378 y 28.475.173, respectivamente, este Tribunal en atención a las afirmaciones de los testigos, promovidos por el (la) solicitante antes identificado, al señalar TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, es por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor del ciudadano CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-22.584.194, sobre unas bienhechurías, que se encuentran en una parcela de terreno propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección Sector La Victoria, Guasipati, Municipio Roscio del estado, Código catastral 184-26-C-S-B, codificación 230126P127N407, parcela es de forma regular y tiene un área de CUATROCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS ( 409,20 MT2,), cuyas medidas y linderos son los siguientes: Norte: Con Calle Vicente Salias que es su frente, con 16,50 metros; Sur: Con Miguel Garrido, con 16,50 metros, Este: Con Miguel Garrido, con 24,80 metros Oeste: Con Cesar Rivera, con 24,80 metros. El cual posee las siguientes coordenadas UTM. Punto1: 620816.001; 827374.719 Punto2: 620829.145; 827618,455. Punto3: 620845.507; 827367.551 Punto4: 620831.108; 827355.239 Dejando a salvo los derechos de Terceros, Devuélvanse originales con las resultas a la parte solicitante. - Cúmplase. -----------------------
El Juez.


Abg. Henrrys H. Febres Palmares.
La Secretaria



Abg. Geolmira Duque Fericelli