REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-6036-25.

SOLICITANTE: ANDRES RAFAEL AZUAJE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.454.286.

ABOGADA ASISTENTE: YECENIA GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°40.006.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 08 de octubre de 2025, presentado por el ciudadano ANDRES RAFAEL AZUAJE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.454.286, debidamente asistido por la abogada YECENIA GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°40.006, seguidamente en fecha 08 de octubre de 2025, se le dió entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-6036-25.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursante al folio veinte (20) y su vuelto de la presente solicitud, de nombres JOSE ANDRES NIEVES PUMERO y CARLOS EDUARDO GONZALEZ LOZANO, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-20.116.495 y V-24.998.842, respectivamente; este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ANDRES RAFAEL AZUAJE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.454.286, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de propiedad “MUNICIPAL”, el cual tiene una superficie de MIL SEISCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (1.690,94 mts2), ubicado en: Sector Topo de la Cruz, Parroquia Paracotos, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS (337,61mts2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada YECENIA GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°40.006.

Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de veintisiete (27) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026). Años: 216° y 167°.
LA JUEZA PROVISORIA,


HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR

VIRGINIA GONZALEZ

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30am)
LA SECRETARIA TITULAR

VIRGINIA GONZALEZ



HJNR/VG/YB
S-6036-25