REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 02 de julio de 2026
216º y 167º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, y los recaudos consignados en fecha 23 de junio de 2026, presentado por la ciudadana CRUZ PRICILA LEON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-4.681.514, debidamente asistida por el abogado EURY CARMELO PETIT ARAQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°249.782. De una revisión del escrito de solicitud se evidencia la omisión de las coordenadas UTM-REGVEN del lote de terreno a evacuar, así como la totalidad del área de construcción y el área del terreno. Seguidamente se denota que la solicitante no demuestra de manera suficiente poseer la titularidad de la bienhechuría. En vista de lo anterior este Tribunal INSTA a la ciudadana CRUZ PRICILA LEON, supra identificada, a reformar su escrito de solicitud, subsanando las omisiones antes mencionadas y a consignar documento que demuestre que la titularidad de la bienhechuría; para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YM
S-6267-26
INSTAR